Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0125/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
II.17.
II.17. Por Resolución de 2 de agosto de 2004, la autoridad recurrida anuló la notificación por edicto realizada respecto a la empresa del actor, y ordenó la notificación con el Pliego de Cargo 24/97 de 6 de noviembre de 1997, manteniendo firmes y subsistentes las medidas precautorias ejercitadas y demás documentación que conforma el proceso (fs. 155).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO