Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0131/2006-R
Fecha: 02-Feb-2005
II.4.
II.4. El mandante del recurrente presentó recurso de compulsa contra el Auto de 17 de febrero ante el Juez de Partido co demandado (fs. 70 a 72), que la declaró ilegal a través del Auto de 28 de marzo de 2005 (fs. 77), con costas y multa, con el fundamento que el art. 226 del CPC es claro cuando determina que es improcedente la apelación de las providencias de mero trámite.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- haciendo imposible, de hecho y de derecho, la prosecución del proceso,
- las providencias y los autos interlocutorios simples
- III.2.
- III.3.
- (sic).
- .el término resolución, en su vertiente jurídica, es comprensivo de decreto, providencia, auto o fallo de autoridad gobernativa o judicia
- APRUEBA