SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0227/2005-R
Fecha: 16-Mar-2005
II.5.
II.5. Por el informe de fs. 2 emitido por el Jimmy D. López Martínez a Oscar Gutiérrez, Jefe de la División Personas y Homicidios, se evidencia que Ernesto Velásquez, funcionario del COA SUR, por instrucciones de Gonzalo García Matos, Comandante del COA SUR, condujo a Mario Fernández Mendoza y Sandra Mendoza Quispe, a dependencias de la PTJ sin ninguna orden de aprehensión, manifestando que contra dichas personas cursa denuncia formal por el delito de lesiones del que había sido víctima el funcionario de la Aduana Nacional Carlos Campero; sin embargo, el Jefe de la División de Personas no permitió la aprehensión de las mismas, las que firmaron un acta de presentación para el viernes 4 de febrero de 2005. Asimismo, señala dicho informe que a horas 12:00 del día indicado se presentó una persona que se identificó como el “Ing. Navarro”, Administrador Regional de la Aduana y del COA, quien quiso obligar que se proceda a su aprehensión, empero frente a la negativa de Oscar Barrios se los llevó al COA.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- por el delito de lesiones en su contra
- no han demostrado, como se dijo anteriormente, la existencia del delito de contrabando y menos flagrancia en el mismo para poder aprehender al recurrente, sin orden ni mandamiento que emane de autoridad competente, puesto que frente a la denuncia por el delito de lesiones que no identifica a los posibles autores, correspondía la citación con el mandamiento de comparendo al recurrente, en caso de existir presunción sobre su participación
- art. 91.VI de la LTC