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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0237/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0237/2005-R

    Fecha: 18-Mar-2005

    II.1.

    II.1.  Por memorial de 23 de mayo de 2002, el Banco Nacional de Bolivia, representado por Alvaro Espinoza Wieler, inició proceso coactivo contra Jorge Eduardo Mercado Claros y Lola Molina de Mercado (fs. 135 y vta.), resolviéndose dicho proceso con Sentencia de 10 de junio de 2002, declarando probada la ejecución coactiva civil de garantías reales sobre créditos hipotecarios y prendarios.  (fs. 136 a 137).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad  recurrida y petitorio
    • a)
    • (fs. 92 a 93 y vta.)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III.1.
    • b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
    • III.2.
    • APROBAR

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