SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0255/2005- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0255/2005- R

Fecha: 22-Mar-2005

III.1.

III.1. La Ley del Tribunal Constitucional establece como una de las causales de improcedencia del amparo, la interposición de otro recurso con identidad de sujeto, objeto y causa, así lo ha  señalado, este Tribunal en la SC 304/2003-R, 12 de marzo: “(...) en su art. 96, estipula las causales de improcedencia del amparo, estando entre ellas, la interposición de otro recurso con identidad de sujeto, objeto y causa, disposición que responde a fin de optimizar la operatividad de los administradores de justicia y a evitar la duplicidad de fallos en causas ya resueltas”, entre otras.