SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0284/2005-R
Fecha: 04-Abr-2005
II.4.
II.4. A través de los escritos presentados el 24 y 29 de junio de 2004, el hoy actor acudió ante el Viceministro de Recursos Naturales y Medio Ambiente, interponiendo recursos de revocatoria contra las Resoluciones Administrativas MDS-VRNMA 020/04, de 17 de junio y VRNMA 25, de 22 de junio de 2004, respectivamente (fs. 45 a 50 vta.), constando que el 25 y 30 de junio de 2004, el Viceministro de Recursos Naturales y Medio Ambiente providenció en sentido de “No ha lugar por ser de aplicación el art. 101 del Reglamento General de Gestión Ambiental, de conformidad con la Disposición Adicional Primera del Reglamento a la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo (LPA) aprobado mediante Decreto Supremo 27113 de 23 de julio de 2003” (fs. 47 vta. y 50 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- las autoridades recurridas, no sustentaron en ninguna de estas causales, la determinación de revocar la licencia ambiental y consiguiente suspensión de las actividades de la Empresa representada por el recurrente
- III.5.
- III.6.
- 1º