SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0391/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0391/2005-R

Fecha: 15-Abr-2005

APROBAR

El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8)  y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, resuelve APROBAR la Resolución, de 22 de marzo de  2005, pronunciada por el Juez de Partido Ordinario Mixto Liquidador y de Sentencia de las provincias Charcas, A. de Ibañez y Bilbao Rioja de San Pedro de Buena Vista del departamento de Potosí, dejando sin efecto la determinación de resarcimiento de daños, perjuicios y multa impuesta contra los recurrentes, por  no corresponder a la tramitación de recursos de hábeas corpus.