SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2005-R

Fecha: 19-Abr-2005

II.5.

II.5.  Por instrumento 290/2003, de 12 de marzo, Yolanda Saavedra de Alvarado otorgó poder especial a Yery César Vargas Soriano para que en su representación realice y ejecute proceso ejecutivo  para el cobro de lo adeudado por María Herbas Vda. de Ledezma; en mérito a dicho poder el apoderado presentó demanda de medida preparatoria contra María Herbas Vda. de Ledezma para ser emplazada y que reconozca su firma en el documento de préstamo de dinero, emplazamiento que se realizó por decreto de 3 de abril de 2003, al proceder a la citación el Oficial de Diligencias fue informado sobre el fallecimiento de la ejecutada, por lo que se citó a su hijo Tomás Gabriel Ledezma Herbas en forma personal (fs. 6 a 10); emitiéndose además edictos para los herederos de la ejecutada en el diario “La Nación”, en cumplimiento del art. 125 del CPC y ante la no presentación de los mismos por Auto de 17 de mayo de 2003 se declaró reconocida la firma de la ejecutada ya fallecida  (fs. 21 a 25).