SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0427/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0427/2005-R

Fecha: 27-Abr-2005

a)

No cursa en el expediente informe escrito alguno, empero según el acta de la audiencia de hábeas corpus y la Sentencia pronunciada en el caso de autos, se establece que el recurrido Juez de Partido de Familia de El Alto, Manuel Antonio Calderón, informó por escrito y en forma oral lo siguiente: a)  por Resolución 69/2003, de 20 de noviembre, dictó Sentencia dentro el proceso de divorcio seguido por Isabel Robles Sagárnaga contra el ahora recurrente, fallo que se encuentra ejecutoriado y en trámite la demanda de división y partición de bienes; b) se procedió a la liquidación de la asistencia familiar devengada, expidiéndose mandamiento de apremio en aplicación de lo dispuesto por el art. 436 del Código de familia (CF), habiéndose cumplido con todas las actuaciones procesales y ejecutado en forma legal por el Oficial de Diligencias; c) el actor fue declarado rebelde, sin embargo posteriormente se apersonó la madre del mismo, arguyendo supuestas irregularidades cometidas en la notificación del demandado, incidente que luego del trámite pertinente fue rechazado por Auto motivado, con el fundamento de que la Sentencia por la cual se disuelve el vínculo matrimonial adquirió la calidad de cosa juzgada; d) en el presente caso se agotó incluso la vía conciliatoria para el pago de la asistencia familiar adeudada, por la cual el obligado detenido podía obtener su libertad.