SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0427/2005-R
Fecha: 27-Abr-2005
la causa de la privación de libertad del recurrente no es precisamente el supuesto procesamiento ilegal o indebido, sino el incumplimiento en el pago de la asistencia familiar devengada
Exigencia que no se da en el caso de autos, dado que la causa de la privación de libertad del recurrente no es precisamente el supuesto procesamiento ilegal o indebido, sino el incumplimiento en el pago de la asistencia familiar devengada, obligación fijada por la autoridad recurrida de manera provisional en favor de la demandante Isabel Robles Sagárnaga, mientras se tramitó el trámite de divorcio, proceso en el que en ejecución de sentencia se libró la correspondiente planilla de liquidación, la cual previa notificación fue aprobada y conminada al pago, sin que el recurrente hubiera cubierto la suma adeudada, tal cual se tiene explicado en el apartado II.4 de la presente Sentencia; por lo que no corresponde entrar al análisis de fondo sobre la supuesta infracción al debido proceso.
- recurso
- fs. 1 a 4
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- si es que el supuesto procesamiento indebido o ilegal es la causa directa de la privación de libertad física o de su restricción
- la causa de la privación de libertad del recurrente no es precisamente el supuesto procesamiento ilegal o indebido, sino el incumplimiento en el pago de la asistencia familiar devengada
- la pensión de asistencia del cónyuge y de los hijos es de interés social y tiene apremio corporal para su oportuno suministro
- III.2.
- APROBAR