Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0456/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
II.7.
II.7. El 30 de marzo de 2005, el recurrente presentó memorial solicitando cesación de su detención preventiva, a lo que el Juez recurrido decretó el día siguiente que con carácter previo se notifique al Ministerio Público para que remita el cuadernillo de investigaciones y luego se provea lo que fuere de Ley (fs. 49 y vta.), lo que fue cumplido en la misma fecha por la fiscal Jessica C. Zeitúm Oliva, habiendo el Juez recurrido mediante decreto de 1 de abril de 2005, señalado audiencia para el 7 de abril de 2005 a horas 8:30 (fs. 51 y vta.).