SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0574/2005-R
Fecha: 30-May-2005
I.2.3. Intervención de terceros interesados
Germán Bautista y esposa representados por su abogado, como demandantes en el proceso seguido contra Dionisio Condori y otros, acogiéndose a los informes de los Jueces recurridos, señalaron que se respetó el debido proceso sin vulnerar ningún derecho o garantía constitucional de la ahora recurrente Simona Ticona de Zárate, dando aplicación a resoluciones que tienen calidad de cosa juzgada en ejecución de sentencia conforme al art. 515 del CPC y que se trata de la ejecución coactiva de sentencia conforme al art. 517 del CPC, autorizando el desapoderamiento; consiguientemente, las actuaciones de las autoridades judiciales son determinaciones que están en cumplimiento a las normas legales, en ese sentido solicitaron se declare la improcedencia del presente recurso.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- sub reglas de improcedencia de amparo por subsidiariedad
- III.3.
- resuelva los incidentes de oposición y de nulidad planteados por la ahora recurrente; consiguientemente, se tiene que al haberse anulado la Resolución 154/2003, de 25 de marzo, ambos incidentes se encuentran pendientes de Resolución
- III.4.
- REVOCAR