SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0574/2005-R
Fecha: 30-May-2005
III.3.
III.3. En el caso que se examina, de obrados se establece que la recurrente, por una parte, en la vía incidental, dedujo oposición a la intención de desapoderamiento y, por otra parte, por memorial presentado el 23 de octubre de 2002, interpuso incidente de nulidad de obrados; los mismos que fueron resueltos por Resolución 154/2003, de 25 de marzo, por la cual el actual Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial -co recurrido- rechazó la oposición presentada por la ahora recurrente así como el incidente de nulidad; a cuya consecuencia, apelada que fue dicha Resolución por Germán Bautista Copeticona y por Simona Ticona de Zárate -ahora recurrente-; mereció el Auto de Vista de 14 de julio de 2004, por el que la Sala Civil Primera resolviendo los recursos de apelación, anuló obrados hasta la Resolución 154/2003, disponiendo que el Juez a quo dicte nueva Resolución de acuerdo a ley.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- sub reglas de improcedencia de amparo por subsidiariedad
- III.3.
- resuelva los incidentes de oposición y de nulidad planteados por la ahora recurrente; consiguientemente, se tiene que al haberse anulado la Resolución 154/2003, de 25 de marzo, ambos incidentes se encuentran pendientes de Resolución
- III.4.
- REVOCAR