Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0574/2005-R
Fecha: 30-May-2005
II.5.
II.5. Por providencia de 13 de septiembre de 2002, la ex Jueza recurrida, entendiendo que el estado de la causa era ejecución de fallos ejecutoriados con autoridad de cosa juzgada, ordenó la notificación a los ocupantes, poseedores y parte contraria a objeto de que entreguen el inmueble a su propietario, en el plazo de 10 días bajo prevención de expedirse mandamiento respectivo (fs. 2 vta.; 196 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- sub reglas de improcedencia de amparo por subsidiariedad
- III.3.
- resuelva los incidentes de oposición y de nulidad planteados por la ahora recurrente; consiguientemente, se tiene que al haberse anulado la Resolución 154/2003, de 25 de marzo, ambos incidentes se encuentran pendientes de Resolución
- III.4.
- REVOCAR