Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2005-R
Fecha: 07-Jun-2005
10 de enero de 2005
En la fecha fijada, 10 de enero de 2005, ante la inasistencia de la autoridad recurrida Mauricio Martínez Camacho, Juez de Instrucción Mixto Liquidador de Reyes, y del tercero interesado Julio Vaca Parada, quienes no fueron notificados y la ausencia del recurrente a la audiencia, se suspendió la misma para el 18 de enero de 2005, bajo conminatoria de tenerse por no presentado, disponiéndose se libre las correspondientes ordenes instruidas. (fs. 22-23).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- por no presentado
- II.1.
- II.2.
- 10 de enero de 2005
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- en audiencia pública conceder o denegar el amparo solicitado según corresponda,
- no puede asumirse la deserción del recurrente de su demanda de amparo solamente por no haberse presentado a la audiencia
- por no haberse presentado en la audiencia la parte recurrente pese a su legal citación y por haber sido negligente en la notificación a la autoridad recurrida y al tercer interesado al no recoger los correspondientes exhortos suplicatorios, aspecto que constituye un exceso
- III.3.