SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2005-R

Fecha: 07-Jun-2005

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente señala que la autoridad recurrida dentro del proceso penal que se sigue en su contra por supuesto delito de homicidio, y que se encuentra en la etapa preparatoria, mediante Resolución 44/04, de 22 de septiembre de 2004 ha dispuesto su traslado del recinto penitenciario de “Mocoví” en Trinidad a la cárcel pública de Palmasola en Santa Cruz, lo cual vulnera sus derechos a la defensa y al debido proceso, por cuanto al estar su proceso en un Distrito y su detención en otro, le será difícil comunicarse con su abogado y aportar prueba de descargo, indicando además que según el art. 237 del CPP debe cumplir detención preventiva en el lugar donde se tramita la causa. En consecuencia corresponde en revisión, efectuar el presente análisis.