Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2005-R
Fecha: 21-Jun-2005
Fragmento 5
David Rivas en representación del fiscal Walter Romero Flores señaló que, a través del informe de 11 de mayo del año en curso, el fiscal Romero solicitó al Juez Primero de Instrucción en lo Penal emita un mandamiento de allanamiento, requisa y secuestro, en cuya ejecución se determinó que la recurrente estaba involucrada en hechos relacionados a la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, por lo que el Fiscal realizó la imputación formal y la calificación provisional del hecho, solicitando su detención preventiva realizando una relación de los arts. 233, 234 y 235 del CPP, habiendo correspondido la determinación al órgano jurisdiccional.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1.
- eficaces y oportunos
- sin demora
- como el ordenamiento jurídico no puede crear y activar recursos simultáneos o alternativos con el mismo fin sin provocar disfunciones procesales no queridas por el orden constitucional, se debe concluir que el proceso constitucional del hábeas corpus, únicamente se activa cuando los medios de defensa existentes en el ordenamiento común, no sean los idóneos para reparar, de manera urgente, pronta y eficaz, el derecho a libertad ilegalmente restringido.
- III.3.1.
- a) Con relación a la actuación del Fiscal
- b) Con relación al Juez de Instrucción en lo Penal
- idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados, en el que el tribunal superior tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior invocados en el recurso.
- alegare otras violaciones que tengan relación con la libertad en cualquiera de sus formas
- reparador
- correctivo
- III.3.2.
- el lugar de cumplimiento.
- el Juez del proceso.
- Fragmento 26
- improcedencia
- 2º REVOCAR