SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2005-R

Fecha: 21-Jun-2005

II.3.

II.3. La audiencia de medidas cautelares se verificó el día y hora señalados, actuado donde el Fiscal fundamentó los requisitos exigidos por el art. 233 y 235 del CPP, por su parte, el abogado de la recurrente solicitó que en observancia de la previsión de la parte in fine del art. 232 se apliquen medidas sustitutivas a su patrocinada la que tenía ocho meses de embarazo (fs. 17-21).