SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0730/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0730/2005-R

Fecha: 29-Jun-2005

I.2.2 Informe de las autoridades recurridas

En el informe escrito que corre a fs. 218, el Juez recurrido sostiene que de la revisión del expediente se puede evidenciar que se citó “a Juan Mario Bravo Román”  en la forma establecida por los arts. 124 y 125 del CPC, como efecto de un informe emitido por el Oficial de Diligencias del Juzgado de aquella época, y el juramento de desconocimiento de domicilio que efectuó la entidad ejecutante, de lo que se concluye que ha actuado conforme a procedimiento sin quebrantar los derechos invocados en la demanda. Solicita se declare improcedente el  recurso.