SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0730/2005-R
Fecha: 29-Jun-2005
II.1.
II.1. Aida Gonzáles Carballo en representación de “Interagro” Ltda., con el testimonio de poder 321/2000 (fs. 91 y 92), en 21 de junio de 2001 (fs. 95 y 96), interpuso demanda ejecutiva contra Mario Ronald y Jorge Antonio Vargas Brunn, demandando el pago de $US11.000.- más accesorios. En el otrosí 1 de la demanda señala el domicilio de los ejecutados. Con memoriales de 29 de octubre de 2001 y 3 de enero de 2002 (fs. 101 y 102), la representante de “Interagro”, rectificó ese domicilio.
A través del informe de 10 de abril de 2002 (fs. 103), el Oficial de Diligencias del Juzgado, expresó al Juez que no pudo citar con la demanda a los ejecutados al no encontrar la numeración indicada por la ejecutante, además que los vecinos no los conocían, ante lo que el Juez, a solicitud de la empresa ejecutante, dispuso la citación por edictos, previo juramento de desconocimiento de domicilio (fs.104 vta. y 105).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- omitiendo presentar precisamente las piezas posteriores a la Sentencia de 28 de junio de 2002 que declaró probada la demanda ejecutiva -específicamente, las notificaciones-,
- APRUEBA