Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0732/2005-R
Fecha: 29-Jun-2005
II.5.
II.5. El Juez recurrido dictó la Sentencia de 27 de octubre de 2003, declarando probada la demanda y como propietaria absoluta del bien litigado, así como de las mejoras introducidas en el mismo, a la corecurrida (fs. 80 a 81). Fallo notificado al recurrente y demás demandados por edictos publicados 3 veces en el diario de circulación nacional La Estrella del Oriente (fs. 82 a 89) y a la defensora de oficio el 2 de marzo de 2004 (fs. 90). Por decreto de 5 de abril de 2004 (fs. 92 vta.), el Juez recurrido declaró ejecutoriada la Sentencia y señaló audiencia de posesión real y corporal del inmueble litigado, que se llevó a cabo el 8 de abril de 2004 (fs. 94).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- “Ley 2023”,
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- tiene expedita la vía incidental
- APROBAR