SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2005
Fecha: 05-Jul-2005
II.4.
II.4. Habiéndose cumplido con las notificaciones ordenadas, el Juez Quinto de Instrucción en lo Civil remitió nuevamente obrados ante la Jueza Sexta de Partido en lo Civil (fs. 276 y 277), quien por decreto de 28 de julio de 2003 radicó el proceso (fs. 277 vta.). Por su parte, el recurrente por memorial de 2 de agosto de 2003 reprodujo su memorial de apersonamiento y solicitud de apertura de plazo probatorio (fs. 301) y por escrito del 27 del mismo mes y año solicitó autos para resolución (fs. 303). La autoridad judicial por Auto de 6 de septiembre de 2003 dispuso la apertura del término probatorio solicitado (fs. 304), mientras que el actor por escrito de 20 de octubre de 2003 ratificó su prueba documental (fs. 310).