Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2005
Fecha: 05-Jul-2005
II.5.
II.5. El 28 de noviembre de 2003, la Jueza Sexta de Partido en lo Civil realizó una audiencia de inspección ocular, en la que estuvo presente el ahora recurrente (fs. 336 a 337). Asimismo, éste por escrito de 4 de mayo de 2003, solicitó la remoción de perito (fs. 342) y por memorial de 22 del mismo mes y año observó el informe pericial presentado (fs. 384).