Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0044/2005
Fecha: 06-Jul-2005
f)
f) Señalan que por ello la referida Ordenanza no tiene antecedentes, más que la presentación por parte del Alcalde al Concejo Municipal su deliberación y sanción, como consta del acta 021/2005, de la 21ª Sesión Ordinaria en la que se trató y fue aprobada por mayoría de votos y en lugar de constituirse en una usurpadora de competencias se constituyó en una ejemplarizadora acción estatal en resguardo de una situación de emergencia.
- recursos directos de nulidad
- a)
- b)
- Expediente 2005-11388-23-RDN
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- admitió
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- i)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- FUNDADO