SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0044/2005
Fecha: 06-Jul-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes expresan que el Concejo Municipal de Santa Cruz ha emitido la OM 020/2005, por la que declaró transporte libre en dicha jurisdicción Municipal, dispuso y amparó la prestación del servicio público de transporte a cualquier persona natural o jurídica, por un periodo de noventa días, tiempo en el cual, el Ejecutivo Municipal debe elaborar una propuesta o plan de ordenamiento de tráfico y transporte público para la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, que reguló igualmente las tarifas para la prestación de ese servicio público y que dicha Ordenanza fue promulgada por el Alcalde Municipal Percy Fernández Añez, el 15 de marzo de 2005, ambos sin competencia alguna, usurpando las atribuciones de la Superintendencia de Transportes. Corresponde, por ende, determinar si la Resolución objetada fue dictada sin competencia por el Concejo Municipal de Santa Cruz.
- recursos directos de nulidad
- a)
- b)
- Expediente 2005-11388-23-RDN
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- admitió
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- i)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- FUNDADO