SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0830/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0830/2005-R

Fecha: 25-Jul-2005

1)

Los recurrentes arguyen que dentro de la demanda ejecutiva que les sigue la sociedad “OPAL Ltda” el Juez recurrido dispuso: 1) el congelamiento de cuentas bancarias hasta la suma supuestamente adeudada de $us20.000.-; 2) la anotación preventiva del inmueble de propiedad del co recurrente Luka Vranicic Franulic, 3) la anotación preventiva de un vehículo de propiedad del mismo Luka Vranicic; 4) la anotación preventiva de la demanda ejecutiva sobre las acciones que tuviesen en FUNDEMPRESA; 5) se notifique a otras empresas más en el mismo sentido; por lo que interpusieron recurso de reposición contra tal determinación, recurso que se rechazó y que el Auto que resolvió el recurso sólo lo conocieron cuando salió la Sentencia el 8 de octubre de 2004, vulnerando sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a la propiedad privada y a la defensa. Corresponde, en revisión, analizar si en este caso se debe otorgar la tutela buscada por los recurrentes.