Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0830/2005-R
Fecha: 25-Jul-2005
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
De acuerdo a lo relatado plantean recurso de amparo constitucional contra José Eduardo Rus Ledezma, Juez Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial, solicitando sea declarado procedente, disponiendo que el Juez demandado afecte únicamente el bien o bienes que por su valor cubran el monto perseguido de la obligación, debiendo liberar los que excedan de dicho monto.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3..
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.2.
- III.3.
- APROBAR