Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0854/2005-R
Fecha: 28-Jul-2005
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve APROBAR el Auto 395, de 29 de diciembre de 2004, cursante a fs. 165 a 166 y vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Chuquisaca y en consecuencia DENEGAR el amparo solicitado.