Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0859/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
II.8.
II.8. El 27 de diciembre de 2003, el Presidente del Consejo de Vigilancia y el Comisionado por la asamblea general -según figura en la Resolución emitida-, más la firma ilegible de una tercera persona que lo hace por el Secretario del Consejo de Vigilancia, determinan la apertura del proceso interno contra Gabriel Narciso Ayaviri Bello por falta y contravención al art. 15 incs. b) y d) del Estatuto Orgánico de la cooperativa (fs. 32).