SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2005-R

Fecha: 29-Jul-2005

II.2.

II.2.  Mediante Resolución Administrativa por devolución indebida de tributos GDGSC-DTJC 12/2004, de 17 de diciembre de 2004, emitida por el recurrido y el Jefe del Departamento Técnico Jurídico y de Cobranza de la Gerencia de GRACO de Santa Cruz, se determinó que el contribuyente representado por el recurrente (CIMAL /IMR Ltda.) tenía obligaciones impositivas por un total de UFVs 1.570.645.- equivalentes a Bs1.702.532.- correspondientes a tributos omitidos en los meses de octubre de 2003 a enero de 2004; determinándose en el art. 2 un plazo de tres días para que deposite la suma referida, o en el plazo de veinte días impugne la Resolución, aclarando que dicha posibilidad no inhibía a la Administración Tributaria de ejecutar las garantías ofrecidas, conforme el art. 17 del DS 25465 (fs. 61 a 66).