SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2005-R
Fecha: 29-Jul-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución de 30 de diciembre de 2004, cursante de fs. 171 a 174 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Larry Grant Hansler Bell en representación con mandato de la Sociedad Compañía Industrial Maderera Ltda./Industrias del Muebles Roda S.R.L. (CIMAL/IMR Ltda.) contra Miguel Sanz Chávez, Gerente Regional de Grandes Contribuyentes (GRACO) del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) de Santa Cruz; denunciando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, al comercio y al debido proceso en su elemento del derecho a la defensa consagrados en los arts. 7 incs. a), d) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE); así como los arts. 128 y 68 incs. 2), 6), 7) y 10) del Código Tributario (CTB) y 6 del Decreto Supremo (DS) 27874, de 26 de noviembre de 2004.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la aplicación de esta excepción a la regla de subsidiaridad exige del administrado agraviado cumplir con las siguientes condiciones: 1) invocar de manera expresa, al tiempo de plantear el recurso de amparo constitucional, los daños irreparables o irremediables que podría ocasionar el acto administrativo aduanero impugnado; y 2) demostrar de manera clara y contundente el peligro del daño irreparable o irremediable
- III.2.
- III.3.
- III.4.