Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2005-R
Fecha: 29-Jul-2005
II.4.
II.4. Por nota 263/UAC/SEDES La Paz/003, de 10 de noviembre de 2003 (fs. 15-16), el recurrente solicitó a la Directora Técnica del SEDES, someterse voluntariamente a un proceso sumario informativo a objeto de esclarecer las supuestas irregularidades que fueron publicadas en el periódico “La Prensa”. Mediante AJ 194/03, de 11 de noviembre de 2003 (fs. 17), la autoridad sumariante instauró proceso sumario informativo en contra de los funcionarios que estuvieren involucrados dentro de los supuestos actos irregulares denunciados disponiendo la citación del actor para su declaración informativa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- b)
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- Fragmento 14
- III.1.
- el aspecto procesal o adjetivo
- principio no es aplicable exclusivamente al ámbito penal, sino que también lo es al ámbito administrativo
- Nadie será procesado ni condenado más de una vez por el mismo hecho
- no sólo tiene aplicación protectiva en materia penal, sino también en materia administrativa
- III.2.
- III.3.
- contra el mismo sujeto
- APROBAR