SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2005-R

Fecha: 29-Jul-2005

Nadie será procesado ni condenado más de una vez por el mismo hecho

(...) En Bolivia, el principio del non bis in idem, si bien no encuentra reconocimiento constitucional autónomo, encuentra protección como elemento de la garantía del debido proceso, establecida en el art. 16 de la CPE. En el Código de procedimiento penal, este principio se encuentra en el art. 4 que señala: 'Nadie será procesado ni condenado más de una vez por el mismo hecho, aunque se modifique su calificación o se aleguen nuevas circunstancias...'.