SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2005

Fecha: 12-Sep-2005

el plazo de su duración.

Por su parte el Código tributario - Ley 1340 de 28 de mayo de 1992 - vigente a tiempo de la emisión de la norma impugnada - establece en su art.  4.1 y 2 que sólo la Ley puede crear,  modificar o suprimir tributos, así como otorgar exenciones, condonaciones, rebajas u otros beneficios. El art. 62 de la citada Ley señala: ”Exención es la dispensa de la obligación tributaria establecida por Ley”. El art. 63 dispone que la ley que establezca exenciones especificará las condiciones y requisitos exigidos para su otorgamiento, los tributos que comprende, si es total o parcial y, en su caso, el plazo de su duración. Y el art 65 del mismo cuerpo legal expresa que la exención concedida con plazo determinado no puede ser derogada ni modificada por Ley posterior.