SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2005

Fecha: 12-Sep-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente impugna de inconstitucional la última parte del art. 8 del “Reglamento de Procedimientos para la Aplicación de Exenciones al Impuesto sobre la propiedad de Bienes Inmuebles y Vehículos Automotores”, aprobado mediante OM 1714/97, de 13 de diciembre, con el fundamento de que vulnera las normas previstas por los arts. 29, 59 inc. 1), 228 y 229 de la CPE, al considerar que la citada disposición legal al establecer una validez de cinco años para las exenciones otorgadas respecto al impuesto a la propiedad de bienes inmuebles y vehículos automotores, alteró y modificó el régimen de exenciones establecido por ley, sin tener en cuenta que la ley no estableció la temporalidad de las exenciones otorgadas por la ley, que ésta no facultó a los gobiernos municipales a limitar el tiempo de su vigencia y que sólo el Poder Legislativo es el único que puede crear y suprimir exenciones, así como determinar las condiciones para su otorgamiento y su vigencia. En consecuencia, corresponde a este Tribunal establecer si las infracciones denunciadas son evidentes.