SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1070/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1070/2005-R

Fecha: 05-Sep-2005

c)

c)  La Gerencia del Sistema Nacional de Riegos restituyó a sus anteriores propietarios todos los terrenos cedidos para el canal de riego por haberse clausurado éste en forma definitiva hace más de diez años, con lo cual se configura la circunstancia de renuncia del usufructuario servidumbral, por quedar en desuso, cambio de uso o finalidad y hacerse inútil o imposible el hecho, conforme a los arts. 287 y 288 del CC. Este hecho sin embargo, no importa reconocimiento de derecho propietario de las partes sobre los terrenos en cuestión, que deberá ser dilucidado en la vía jurisdiccional correspondiente, habida cuenta que el amparo no juzga, sólo analiza la existencia del hecho u omisión ilegal.