SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1070/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 4 de febrero de 2005, cursante de fs. 115 a 120, y Auto de Complementación y enmienda de 9 de febrero de 2005 (fs. 125), pronunciados por el Juez de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por María Inés Saavedra de Méndez en representación de su hermano Edwin Santos Saavedra Toledo contra Mario Severich Bustamante, Alcalde Municipal y Longines Nogales Fuentes, Presidente del Concejo Municipal de Colcapirhua, alegando la vulneración de los derechos a la propiedad privada y a la seguridad jurídica de su representado, consagrados en el art. 7 incs. a) e i) y 22 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR