Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1070/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
II.1.
II.1. El representado de la recurrente, Edwin Santos Saavedra Toledo, adquirió mediante compraventa, como consta en el testimonio 347/86, de 14 de abril de 1986, el terreno ubicado en la zona de Sumumpaya o La Florida, km 8 de la av. Blanco Galindo, de 17.082,40 m2 sin tomar en cuenta la extensión superficial de 3.052,75 m2 que corresponden al canal de riegos, estando su derecho propietario registrado en DD.RR. Cochabamba bajo la partida 758, fojas 715 del Libro Primero de propiedad de la provincia Quillacollo el 12 de mayo de 1986 (fs. 3 a 6 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR