Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1072/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
II.3.
II.3. El investigador asignado al caso informó el mismo 21 de febrero al Jefe de División contra el Crimen Organizado que el adolescente aprehendido, Julio César Mamani Castro cuenta con dieciséis años de edad en mérito al certificado de nacimiento recabado, a fin de que el Fiscal recurrido ponga en conocimiento ese hecho al Juez cautelar (fs. 75 a 76).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ”Bajo esa premisa fundamental, debe entenderse que toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- en el plazo de veinticuatro horas
- III.2.
- inmediatamente
- III.3.
- III.4.