Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1072/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente alega que su hijo adolescente se encuentra por más de veintiséis días injusta e ilegalmente detenido en las celdas de la PTJ sin que exista ninguna orden de detención preventiva firmada por autoridad competente y sin que el Fiscal recurrido haya dado cumplimiento a lo ordenado por el Juez cautelar de turno, que dispuso que cumpla con el Código del niño, niña y adolescente; habiendo permitido, el Director de la PTJ recurrido, esa ilegalidad. Consiguientemente, corresponde analizar si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ”Bajo esa premisa fundamental, debe entenderse que toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- en el plazo de veinticuatro horas
- III.2.
- inmediatamente
- III.3.
- III.4.