Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1087/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso de amparo contra Pedro Gareca, Fiscal General de la República, impetrando sea declarado procedente, por ende, se disponga su restitución al cargo de Fiscal de Materia I, con ítem 82 de la planilla presupuestaria en vigencia de la Fiscalía del Distrito de Chuquisaca, con goce de haberes devengados y todas las prerrogativas de ley, con costas, daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- b)
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Los demás fiscales que, por las exigencias del servicio deban ser designados antes del funcionamiento de la carrera Fiscal, tendrán la calidad de personal eventua
- III.2.