Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1087/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente denuncia que la autoridad demandada vulneró sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a la defensa y al debido proceso, pues sin que exista un proceso judicial o disciplinario en su contra, por memorando M.550/2004 le agradeció sus servicios prestados en el Ministerio Público como Fiscal Adjunto desconociendo que había sido reasignado como Fiscal de Materia de manera indefinida; además rechazó sus solicitudes para la revocatoria de la decisión asumida. Corresponde considerar si en la especie es viable otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- b)
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Los demás fiscales que, por las exigencias del servicio deban ser designados antes del funcionamiento de la carrera Fiscal, tendrán la calidad de personal eventua
- III.2.