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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1087/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1087/2005-R

    Fecha: 12-Sep-2005

    II.3.

    II.3.    Por memorando M.301/2004, de 7 de junio (fs. 3), se comunicó al recurrente que de acuerdo al reajuste efectuado en la Institución, a partir de la fecha era reasignado al ítem 82 como Fiscal de Materia de la planilla presupuestaria, debiendo seguir desempeñando sus funciones en el asiento fiscal de Padilla; a cuyo efecto el 16 de junio del mismo año, se procedió a su posesión (fs. 4).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • a)
    • b)
    • II.2.
    • II.3.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Los demás fiscales que, por las exigencias del servicio deban ser designados antes del funcionamiento de la carrera Fiscal, tendrán la calidad de personal eventua
    • III.2.

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