Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.4.
II.4. Por Auto de 4 de agosto de 2004, nuevamente se señaló día y hora para el remate del mencionado inmueble, disponiéndose la citación por cédula del recurrente (fs. 31 vta. a 32); por lo que se procedió a la publicación de edictos en la forma ya señalada (fs. 34 a 35) y a la citación del recurrente por cédula fijada en estrados judiciales el 9 de agosto de 2004 (fs. 48).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Teresa Rosquellas Fernández, Oswaldo Fong Roca, Presidenta y Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca e Iván Saavedra Guzmán, Juez Segundo de Sentencia en lo Penal,
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA