Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.7.
II.7. Por Auto de Vista de 20 de octubre de 2004, el Juez recurrido rechazó el incidente de nulidad presentado por el recurrente, señalando que la subasta del inmueble se había sujetado a las normas previstas por Ley, notificándose por cédula y edictos al recurrente, siendo la misma válida al desconocerse su domicilio, además de que la nulidad de la subasta se había presentado extemporáneamente (fs. 7 a 9).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Teresa Rosquellas Fernández, Oswaldo Fong Roca, Presidenta y Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca e Iván Saavedra Guzmán, Juez Segundo de Sentencia en lo Penal,
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA