SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2005-R

Fecha: 12-Sep-2005

II.8.

II.8.  En virtud a lo cual el recurrente mediante un memorial de 30 de octubre de 2004, presentó recurso de apelación contra el Auto de Vista de 20 de octubre de 2004 (fs. 2 a 6 vta.); que fue resuelto por Auto de Vista 07/05, de 7 de enero de 2005, declarando improcedente el recurso de apelación interpuesto por el recurrente, señalando que había sido citado mediante cédula y edictos con el aviso de remate; que no se requería de embargo previo para procederse al remate del bien inmueble pues se había procedido a la anotación en el registro respectivo surtiendo los efectos de anotación preventiva y que la nulidad de remate se había planteado en forma extemporánea (fs. 10 a 12).