Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1131/2005-R
Fecha: 16-Sep-2005
II.1.
II.1. El 19 de marzo de 2003, funcionarios de la Aduana Nacional, decomisaron el vehículo camioneta, marca Toyota, color verde tipo Hilux modelo 1999, con motor original 3L4813026, con cilindrada 2800cc, de origen argentino y chasis 8AJ33LNA3X9322753, de propiedad de Edwin Morales Uriona, representado de la ahora recurrente, conforme consta el acta de intervención ADM 003/2003 de 20 de marzo (fs. 161).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.2.
- cuyo término concluirá el 30 de julio de 2004
- III.3.
- un día después planteó el presente recurso de amparo en forma directa