SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1131/2005-R
Fecha: 16-Sep-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión la Sentencia de 24 de febrero de “2004”, cursante de fs. 269 a 274, pronunciada por la Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia de Yacuiba de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por María Alicia Arredondo de Morales en representación de Edwin Morales Uriona contra José Alberto Blacut Morales, Helmut Escobar y Sergio Navarro, Administrador de la Aduana, Vista de Aduana y Gerente Regional de la Aduana de Tarija, respectivamente, alegando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, a la petición, a la propiedad privada y a la garantía del debido proceso de su representado, consagrados en el los arts. 7 incs. a), h) e i) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.2.
- cuyo término concluirá el 30 de julio de 2004
- III.3.
- un día después planteó el presente recurso de amparo en forma directa