SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1167/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1167/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

improcedente

Concluida la audiencia, la Jueza del recurso declaró improcedente el hábeas corpus, con el fundamento de que los recurrentes no reclamaron las supuestas ilegalidades en su detención ante la Jueza cautelar, que es la autoridad encargada del control jurisdiccional en la etapa de investigación, ante quien tiene la obligación de acudir todo imputado para que se pronuncie sobre la legalidad o ilegalidad de su arresto o detención, conforme determinaron las SSCC 160/2005-R y 181/2005-R.

Por los fundamentos expuestos se establece que el caso se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que la Jueza de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso, no ha efectuado una adecuada compulsa del mismo ni ha dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.