Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1167/2005-R
Fecha: 26-Sep-2005
recurso de hábeas corpus
En revisión, la Resolución de 3 de agosto de 2005, cursante de fs. 59 vta. a 61 de obrados, pronunciada por la Jueza Tercera de Sentencia de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por José María Alonzo Padilla y José Félix Hurtado Guzmán contra Víctor Balboa Fernández, Vladic Sarmiento Cáceres y Juan Carlos Ferrufino Serrano, Director de la Dirección de Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE), Policía y Fiscal Adscrito a la misma Dirección, respectivamente; denunciando la vulneración de sus derechos a la libertad física y a la libertad de locomoción, consagrados en los arts. 9 y 10 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- (fs. 22 a 25 de la documentación complementaria)
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 16
- III.3.